Mayo, Mes de las Manifestaciones

Siempre suelo decir que el deporte rey en España no es el fútbol sino las manifestaciones; cuando viví­a en EE.UU. mis compañeros se quedaban alucinados cuando les contaba que en Europa no podí­a manifestarte el dí­a antes de unas elecciones o que prácticamente cada dí­a habí­a una manifestación en algún punto de ciudades como Bruselas o Madrid. Esto es especialmente llamativo en una sociedad como la americana que rara vez se manifiesta, y cuando lo hacen, o son minoritarias o como está pasando estos dí­as, está promovido no por los americanos sino por inmigrantes.

Dentro de este deporte que son las manifestaciones hoy quiero hablar de dos que me han llamado la atención, la primera (por razón de tiempo) en España, en contra de la aplicación del canon digital y la segunda en Francia, a favor de la interoperabilidad de los DRM’s. Dos protestas muy diferentes.

Según se publicita en la web de Todoscontraelcanon.es, este colectivo anima a toda persona involucrado en la causa y que no tenga nada que hacer el miércoles 3 de mayo de 2006 a las 11:45 a que vaya al Senado a entregar las más de ¿43.500? firmas (en otros sitios dicen 28662 individuales, 100 colectivas y 63.226 representadas) que han recogido a través de su web. Su causa es noble, ¿a quién le gusta pagar? A mí­ desde luego no.

El tema del canon es una batalla que llevan años librando la Industria contra las entidades de gestión y a la que recientemente se han apuntado las organizaciones de consumidores que, evidentemente, tienen más poder de convocatoria que ASIMELEC. No creo que sea justo pagar un canon sobre CD’s que se vaya a usar para las fotos de la primera comunión de mi sobrino (ya lo sé, es un ejemplo tí­pico, pero es que siempre se pone el mismo), pero tampoco lo es no retribuir a los autores por la limitación a un derecho exclusivo que tienen. En su momento se estableció ese lí­mite a favor de los consumidores, pero eso sí­, a cambio de recompensar a los autores de alguna forma por esa limitación que se imponí­a a sus derecho; es como una expropiación de una propiedad inmobiliaria, se expolia a cambio de un justiprecio.

El camino que se siguió para establecer el canon en los CD’s es más que razonable; la Industria se negaba a pagar el canon sobre los CD-ROM (sí­ sobre los CD de Audio por motivos más que evidentes), las entidades de gestión demandaron este pago a través de los tribunales, todas las sentencias creyeron pertinente el cobro de dicho canon porque varios estudios de mercado demostraron que se utilizaba sobretodo para grabar música y pelí­culas (más de un 70%). Finalmente llegaron a un acuerdo por el que se establecí­a un canon más bajo que el de los CD-Audio (que solo son capaces de grabar música, por lo que se uso irá destinado, en principio, a grabar obras musicales), para compensar por las veces que no se utilizaban para dicho fin; era la solución más justa. Ya lo expliqué otra vez, pero creo que refrescar los conocimientos (por ambas partes) no viene del todo mal.

Avance de la tecnologí­a sí­, pero no a costa de los derechos adquiridos de un colectivo del que dependen directamente los fabricantes de dispositivos y soportes.

La segunda manifestación me parece mucho más razonable y es la que se llevará a cabo en Francia el 7 de mayo a las 2 de la tarde organizada por la entidad EUCD.info para luchar por la interoperabilidad de los DRM’s. También de los DRM’s he hablando mucho en este blog y, para los que se hayan unido a él hace poco, defiendo los DRM únicamente cuando son eficaces, justos y sobretodo no te obliguen a un formato/dispositivo determinado, es decir, cuando permitan la interoperabilidad.

Creo que este primer escenario de los DRM’s es tremendamente injusto para los consumidores ya que si tienes un iPod te tienes que descargar obligatoriamente la músia de iTunes para no quebrantar la ley (romper una medida tecnológica es un delito según el 270.3 del Código Penal, algo que a mí­ me parece excesivo), ello unido a que a dí­a de hoy no hay medida tecnológica eficaz ya que hasta la más avanzada ha sido fácilmente crackeada, fácilmente vulnerada para los usuarios más avanzados pero que puede dejar a los menos expertos en la materia en un «encadenamiento» en un formato/plataforma injusto para él.

Cuando se anunció la reforma de la ley en Francia ya felicité al legislador por tal novedosa y arriesgada iniciativa (no el de «legalizar» descargas de redes p2p sino de permitir la interoperabilidad entre tecnologí­as DRM), pero parece que determinados lobbies han hecho su trabajo y el texto se va a modificar de tal forma que no se permita dicha compatibilidad entre tecnologí­as.

í‰stas son algunas de las modificaciones:

  • Gone is the requirement that anyone may ask a regular court of justice to force a DRM publisher to give information needed for interoperability. Now a «high regulation authority of technical measures» will have sole discretion as to whether this information will be available.
  • Previously, «information needed for interoperability» covered «technical documentation and programming interfaces needed to obtain a copy in an open standard of the copyrighted work, along with its legal information.» Now this has been changed to «technical documentation and programming interfaces needed to obtain a protected copy of a copyrighted work.» But a «protected» version of the work can’t be played back in a different player, which means interoperability won’t be attained with this clause.
  • Previously, the only condition for receiving information needed for interoperability was to meet the cost of logistics of delivering the information. Now, anyone wanting to build a player will have to take a license on «reasonable and non discriminatory conditions, and an appropriate fee.» When using information attained under such a license, you will have to «respect the efficiency and integrity of the technical measure.»
  • DRM publishers can demand the retraction of publication of the source-code for interoperable, independent software, if it can prove that the source-code is «harmful to the security and the efficiency of the DRM.»

Se acabó por tanto el sueño de la interoperabilidad en Francia si esta ley se aprueba tal y como está en la actualidad. Dos iniciativas, la española y la francesa, muy diferentes, las dos en principio perjudiciales para los derechos de los autores pero con matices muy diferentes. Los derechos de los autores deben estar siempre en armoní­a con los derechos de los consumidores y el derecho de acceso a la cultura; la balanza no puede decantarse demasiado hacia el lado de los autores porque ello impedirí­a la expansión de sus creaciones, ni tampoco debe inclinarse en exceso hacia los consumidores porque de esta forma, los creadores no encontrarí­an incentivos para crear. Debemos encontrar un equilibro, y al igual que parece lógico que los autores sean compensados por las reproducciones que se realicen de sus obras, también parece evidente que un consumidor pueda transferir (copiar, al fin y al cabo) una canción a su dispositivo portátil, tenga el DRM que tenga.

Pero los intereses de determindados colectivos (la Industria tecnológica por un lado y la del entretenimiento por otro) son demasiado fuertes como para dejar aprobar una ley así­. Próximo capí­tulo, en el Parlamento.

8 Comments

  1. Estupendo comentario Andy, es un alivio comprobar que alguien introduce algo de equilibrio y buen criterio en un debate (el del canon) que se ha vuelto ya majara…

  2. Hola Andy

    Una cuestión relativamente a tu post:

    No consideras licito que una empresa de la industria del entretenimiento, como es Apple (itunes ), acogiéndose de su libertad individual empresaria , de su libre iniciativa privada, haga el comercio de su producto de la forma que mejor entienda? Apple ha producido el ipod, y en consecuencia creó también la tienda de música online itunes.

    Para maximizar sus lucros defiende que las músicas compradas en su tienda online solo se escuchen en un ipod.

    ¿Estamos ante un monopolio de derecho? claro que no. Simplemente existe una empresa que tiene un liderazgo indiscutible en la venda de música online. Es una cosa diferente de un monopolio.

    Es competencia desleal? no creo. itunes y ipod pertenecen a Apple. Apple es una empresa privada.

    Los consumidores consumen sus productos.

    Si no les gustan sus prácticas, que no los compren. El mercado se encarga de hacer la selección natural.

    Si se crean otras tiendas de música online que permitan la interoperabilidad entre tecnologías DRM, fenomenal. Ahí la práctica de itunes se quedara desproveída de sentido.

    Se eso no pasa es por un simples motivo: la gran mayoría de los consumidores no se molesta por la falta de interoperabilidad de itunes y sigue comprando sus músicas en la tienda online.

    Al final el mejor regulador de las practicas comerciales en Internet no es el Estado, pero si, en ultima instancia el mercado.

    Dejarlo fluir.

    Un Abrazo

    André Rodrigues

  3. Una pequeña puntualización, un poco de demagogia y una falacia. En cualquier caso no invalidan el fondo de tu artículo, en el que reclamas un equilibrio que es necesario y justo.

    La puntualización: «todas las sentencias creyeron pertinente el cobro de dicho canon porque varios estudios de mercado demostraron que se utilizaba sobretodo para grabar música y películas».
    Supongo (y espero) que las sentencias creyeron pertinente el cobro porque la ley autoriza al cobro, y no basándose únicamente en estudios.

    Otra puntualización: la manifestación en Francia está convocada entre otros por StopDRM. Este grupo aboga por la desaparición de los DRM ya que sólo causan perjuicios al consumidor (por ejemplo este caso). No entiendo francés lo suficiente para saber si en la manifestación se pide la recuperación de la cláusula de interoperabilidad como un mal menor, o se pide directamente la prohibición de los DRM. No soy muy amigo de leyes que prohiban, pero entre una norma que favorece a los lobbies de la industria y otra que favorece al ciudadano en general yo lo tengo claro.

    La demagogia: «Su causa es noble, ¿a quién le gusta pagar? A mí desde luego no.». Ya puestos a hacer demagogia, veamoslo a la inversa: «La causa de la SGAE es noble ¿a quién le gusta vivir del cuento? A mí desde luego sí», y me refiero a sus mandamases y a los pocos que se reparten el grueso de la recaudación.

    El problema según yo lo veo no creo que esté tanto en la existencia de un canon que fuera justo, sino en que el que hay es abusivo y va a peor en la nueva LPI por la presión de los lobbies de la industria y el artistado elitista. Su precio está muy por encima del coste de un CD, lo cual encarece su precio y hace inviable la industria de fabricación nacional; se producen fenómenos de doble y triple imposición (soporte, aparato grabador, etc.); la Administración del Estado ha de pagar canon (¿acaso se dedica a piratear o hacer copias privadas?); etc. Ante esto surge como reacción (acción-reacción, causa-efecto) la postura contraria de rechazar el canon a toda costa.

    La falacia: «los creadores no encontrarían incentivos para crear». Este argumento falaz es propio del decálogo de la SGAE. Antes de los derechos de autor, los autores ya creaban. Ahora los autores noveles también crean, antes de saber si van a cobrar un sólo euro por sus obras. Los incentivos no se reducen a lo económico. Además existen muchas formas de sacar rendimiento económico a una creación aparte de cánones. Por poner otro ejemplo ajeno a la cultura, con este argumento nunca habría existido software como Linux, Apache en el que mucha gente ha puesto su esfuerzo de forma gratuita. Tampoco existiría el voluntariado, etc.

  4. André,

    Entiendo tu postura y a priori la comparto, el problema de iTunes es que ha conseguido, al igual que Microsoft en el mundo de los Sistemas Operativos, un monopolio no «de iure» sino «de facto», realizando en ocasiones prácticas que según mi punto de vista, rozan el aprovechamiento de una posición dominante en el mercado.
    Por supuesto que lo que hacen no es ilegal, todo lo contrario, es completamente lícito, pero mi punto de vista es que la interoperabilidad entre DRM’s y dispositivos debe ser imperativa (de nuevo, «de iure» o «de facto») o al menos recomendable para que los usuarios podamos elegir el dispositivo que queramos y comprar en el sitio de música que deseemos y así no estemos atados (como ahora) a una tienda online y a un reproductor portátil.

    A Microsoft se le ha criminalizado (véase Comisión Europea vs. Microsoft) por abuso de posición dominante en el mercado por introducir el Windows Media Player en sus Sistemas Operativos y ahora Google quiere denunciarle por lo mismo por establecer en su próximo Internet Explorer 7 el Windows Live como buscador predeterminado, y mientras tanto, Apple, por el buen nombre y reputación que tiene, parece intocable.
    Me encanta Apple, creo que está haciendo mucho por ofrecernos una alternativa, pero al mismo tiempo estoy convencido de que este mercado de libre competencia sería mucho más competitivo si se estableciese un DRM estándar, compatible con todos los reproductores, y en este tema, como sabes, Apple tiene mucho que decir por ser el que más éxito ha tenido.

    En resumen, sí al libre mercado pero también a la estandarización de las tecnologías DRM y eso, a día de hoy, parece que solo se puede conseguir mediante una regulación del sector.

    Pululante,

    Veo que no podemos coincidir, eso es positivo, que haya diferentes voces en este blog 🙂

    Por supuesto que todas las sentencias se basaron en el artículo 25 de la LPI, aunque tuvieron en cuenta los estudios de mercado para comprobar el fin de la mayoría de los CD-ROM.

    Sobre mi supuesta demagogia: Yo no trabajo en la SGAE y cuando creo que le tengo que dar caña se la doy; simplemente no creo que vivan del cuento. Que la gestión que hacen podría ser mejor, estoy de acuerdo contigo; que en ocasiones se pasan, vale, pero de ahí a criminalizarles como se les criminaliza y a desacreditarles compulsivamente como se hace en la actualidad hay un paso. Las cosas no son ni blancas ni negras, y aún menos en esto de la Propiedad Intelectual.

    Desde hace años existe un canon en las cintas vírgenes analógicas y multitud de empresas españolas coexistían con las extranjeras, tan solo hacía falta tener un producto competitivo que atraiga al público. El canon de los CD’s es relativamente reciente, pero no lo es el de los soportes analógicos; el canon puede ser un factor importante para el cierre de estas empresas, pero no el único, también está la competencia asiática, la importación ilegal de soportes, la falta de competitividad, etc.

    No hay una doble o triple imposición; se grava por un lado a los dispositivos y por otro a los soportes. Por un lado hay un impuesto de circulación y por otro sobre los carburantes; si ves doble imposición en el canon, lo verás en multitud de gravámenes. Puede que veas esto demagógico, pero de nuevo, esto es así en muchos campos.

    Estoy de acuerdo en que la Administración del Estado no debería pagar canon porque sencillamente no utiliza los cd’s o dvd’s para grabar contenido audiovisual pero antes de declararles exentos del pago del canon se debería asegurar que el fin último de dichos soportes será para el que dicen que es. Sería injusto quitar el canon a los cd’s que utilice la Administración y que luego los funcionarios los utilizasen para grabar música o películas; quitar el canon sí, pero con unas ciertas garantías de que la Administración no se vaya a convertir en una «fuente» para que miles de funcionarios consigan CD’s sin canon.
    Aunque sí, coincido contigo en que los cd’s de la Administración no debería llevar canon, eso nadie lo discute.

    Y la falacia : bueno, no creo que esté dentro del catálogo de la SGAE sino de cualquiera que estudie los derechos de autor 😉 En fin, es mi opinión; está claro que al principio, una persona crea por el mero hecho de crear, por ese impulso creador pero el problema es que la mayoría de los autores y artistas dejan de hacerlo cuando ven que no pueden vivir de su creación/interpretación y tienen que acudir a trabajos externos para poder sobrevivir, lo que les quita tiempo para seguir creando y al mismo tiempo les desalientan. Todos los autores intentan vivir de su obra y quien no lo desee es de para regalar su creación, pero de nuevo, no creo que sea justo obligar a nadie a que regale el fruto de su trabajo (ya sea un agricultor, un empresario, un pintor o un músico). El autor es quien debe decidir cómo explotar su obra y en qué forma.
    El ejemplo del software no creo que sea trasladable, son entornos muy diferentes y las obras no son explotadas de la misma forma; el software no es tan creativo como innovador por lo que la forma de explotación cambia.

    En fin Pululante, me gusta que pongas siempre un toque diferente al blog, creo que lo enriquece.

    Un saludo.

  5. «mi punto de vista es que la interoperabilidad entre DRM’s y dispositivos debe ser imperativa (de nuevo, “de iure” o “de facto”) o al menos recomendable para que los usuarios podamos elegir el dispositivo que queramos y comprar en el sitio de música que deseemos y así no estemos atados (como ahora) a una tienda online y a un reproductor portátil

    Te consideras atado a itunes y al ipod?

    Puedes comprar musica en muchas otras tiendas online como:

    Allofmp3 – http://www.allofmp3.com/
    MSN MUsic – http://music.msn.com/
    Napster – http://www.napster.com/
    Emusic – http://www.emusic.com/
    Beat Port – https://www.beatport.com/default.php
    Bleep – http://www.bleep.com/

    puedes encontrar muchas más aqui:

    http://en.wikipedia.org/wiki/Online_music_store

    En estas tiendas puedes comprarte los mp3 que quieras y escucharlos en qualquiera de los miles de reproductores alternativos al ipod que existen en el mercado.

    Se asi es porque la gente protesta con el monopolio de facto de itunes?

    Los consumidores disponen de inumeras alternativas a itunes. Sin embargo siguen comprando en la tienda de Apple.

    De donde viene entonces la voz de protesta contra itunes?

    No de los consumidores.

    Un abrazo

    André Rodrigues

  6. Pululante, he leído con atención tu carta y te felicito por la corrección con la que te has dirigido al Senado, aunque me gustaría hacer (como siempre) algunas apreciaciones para mantener vivo este interesante debate.

    En primer lugar expones que la Ley no incluye ningún tipo de excepción o límite de los sujetos que están obligados al pago; el artículo 25.6 de la LPI establece que:

    6. Quedan exceptuados del pago de la remuneración:
    a) Los productores de fonogramas o de videogramas y las entidades de radiodifusión, por los equipos, aparatos o materiales destinados al uso de su actividad siempre que cuenten con la preceptiva autorización para llevar a efecto la correspondiente reproducción de obras, prestaciones artísticas, fonogramas o videogramas, según proceda, en el ejercicio de tal actividad, lo que deberán acreditar a los deudores y, en su caso, a sus responsables solidarios, mediante certificación de la entidad o entidades de gestión correspondientes, en el supuesto de adquirir los equipos, aparatos o materiales dentro del territorio español.
    b) Las personas naturales que adquieran fuera del territorio español los referidos equipos, aparatos y materiales en régimen de viajeros y en una cantidad tal que permita presumir razonablemente que los destinarán al uso privado en dicho territorio.

    Es una excepción lógica, no deberán pagar canon los CD’s que se utilicen para grabar fonogramas para su posterior distribución en tiendas ni las personas que adquieran un equipo o soporte en el extranjero.

    Como te dije más arriba, estoy de acuerdo en que la Administración del Estado, los Tribunales, Autónomos, Bibliotecas, etc. no deberían pagar el canon porque podrían utilizar el CD para fines que no son los que refleja la ley. ¿Cuál es el problema? pues que estoy completamente seguro de que todas las personas que tengan acceso a dichos cd’s (solo en Andalucía hay 207.142 funcionarios) al final utilizarían esos CD’s exentos para sus fines privados; no es un secreto que los recursos de la Administración (del ejecutivo o del judicial) son aprovechados particularmente por los trabajadores del Estado, es una realidad no debemos obviar.

    Además, la cantidad actual del canon está calculada teniendo en cuenta las ocasiones en las que los Cd’s no son utilizados para grabar contenidos audiovisuales, es decir, que el precio del canon es menor del que debería (compáralo con los Minidisc’s o los CD-Audio cuyo destino sí es grabar dichos contenidos) para compensar por las veces que no se utiliza para fijar música o vídeos.

    Si exceptúas a la Administración del pago, habría entonces que reestablecer las tarifas del canon y por ende aumentarlas ya que los Cd’s no tendrían que incluir la compensación a la baja que ahora se establece por aquellos soportes que no son utilizados para grabar contenidos audiovisuales. Es decir, si ahora se paga X de canon, cantidad que ha sido rebajada para compensar por los fines diferentes a la grabación de material protegido, si ya la Administración, etc. está exenta del canon, se entiende que el fin del CD es más aún el de grabar contenido audiovisual por lo que se deberá aumentar, al mismo tiempo, la tarifa que tenemos actualmente.

    Como ves, la solución de exceptuar a la Administración no es tan simple como parece, cuando se calcularon las tarifas del canon (que ASIMELEC aprobó y aceptó y que es una de las más bajas de la U.E.), se previó el uso de los CD’s en la Administración. Si ya la Administración está exenta, la tarifa general deberá subir. ¿Crees que es aberrante? Yo lo veo lógico, es pura matemática.

    Tu petición me parece muy lícita, pero ten cuidado porque puede ser un arma de doble filo, por un lado propones algo completamente lógico y que por supuesto yo comparto, pero la exención debe ir acompañada de una actualización de las tarifas por la forma en la que éstas fueron establecidas, teniendo en cuenta usos diferentes a grabar material protegido no solo por los consumidores sino también por la Administración.

    De nuevo, gracias por tus enriquecedores comentarios.

  7. Rara vez encuentro un Blog que considere «interesante» volver a visitar.
    Personalmente,considero que tú blog no es interesante de visitar,…!es necesario!.

    Necesario para todos los que creemos desde posiciones dispares,que debemos lograr ese equilibrio justo entre consumidores y autores.

    Es un verdadero placer coincidir en el 100% de tus planteamientos en este tema.

    Un cordial saludo,Andy.

    P.D.Felicitaciones por los «Podcast».

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