El año acabó mal para la Industria

El fin de año nos dejó alguna noticia y sentencia que seguro que ha estremecido a más de uno en la Industria musical y cinematográfica.

Para empezar, en lavozdegalicia.esel dueño de un ciber de Santiago de Compostela habí­a ganado un juicio a la SGAE porque en su local, los clientes hací­a copias de obras protegidas por derechos de autor, con el conocimiento del propietario y, además, con su asesoramiento. Incluso el inspector de AFYVE pudo ver que el ciber, que estaba cerca de una universidad, poní­a a disposición de sus clientes una lista con los discos que estaban en sus servidores y que se podí­an grabar a cambio de un precio.
Aunque la decisión es disparatada, la juez se basa en la falta de prueba para la absolución ya que no se habí­a demostrado que la música grabada estaba dentro del repertorio de la SGAE y tampoco se habí­a demostrado que los usuarios no fuesen poseedores de los originales. Podéis pensar que la SGAE no hace más que perder juicios pero la realidad es que al año son cientos los procedimientos que inician y tan solo unos cuantos pierde y éstos suelen ser noticia por lo extraordinario de la sentencia, como lo es este caso.

Los casos de propiedad intelectual se pueden llevar por la ví­a civil y la penal, siendo ésta última mucho más gravosa porque prevé penas de cárcel; muchos abogados pensamos que sólo se debe acudir a la ví­a penal para casos muy especiales primero porque las penas son muy graves y después para no desnaturalizar este carácter de excepción o de especialidad de la ví­a penal. Además, los jueces suelen ser muy reticentes a aplicar las normas penales a casos de propiedad intelectual, en parte por la gravedad de la pena y también por el desvalor que se le dá a este tipo de propiedad.

Otra noticia que seguro que está inquietando al sector son las modificaciones a la Ley de Propiedad Intelectual que se están efectuando en Francia ya que parece que en vez de ilegalizar el intercambio de datos de manera explí­cita, se va a legalizar pero a cambio de una tarifa fija. Así­, los usuarios de redes p2p como el emule o kazaa van a poder descargarse obras pero van a tener la obligación de pagar por las descargas realizadas una remuneración fija. Pablo Hernández, director de servicios jurí­dicos de la SGAE ya ha clamado al cielo al decir que «Con esta medida se elimina este derecho (el derecho a que un autor decida cómo explotar su obra) y se sutituye por una especie de remuneración fija. Me parece una devaluación de los derechos de autor que no coincide con la tradición francesa». Se rumorea por Francia que la aprobación de algunas enmiendas se han podido realizar por la abstención de los parlamentarios, lo que de nuevo demuestra la falta de interés de la sociedad por los derechos de los autores.

La verdad que una medida así­ no me parece que sea del todo descabellada, eso sí­, si se le impone a los autores una forma de explotación de la que ellos no son partidarios, al menos sí­ se deberí­a llegar a un acuerdo que también les beneficie; el equilibrio o la balanza entre «Protección de los autores» y «Expansión de la Cultura» debe llevar a acuerdos beneficiosos para las dos partes.

Y para terminar nuestro periplo europeo, una sentencia de Italia en la que un Tribunal, siguiendo la tendencia de algunos tribunales europeos, ha estimado que los Modchips que se incluyen en las PlayStation 2 son legales porque tienen como finalidad la interoperatibilidad entre la consola y determinados juegos adquiridos por Internet de otras zonas del mundo que sin dicho chip, no podrí­an ser utilizados; la sentencia resta importancia a otra función, que es leer los juegos descargados de Internet o copiados en un ordenador. Como digo en España ya han habido varias resoluciones de este tipo y todaví­a no hay unidad jurisprudencial ya que algunos tribunales han dicho que el chip sirve principalmente para permitir la reproducción de discos ilegales, por lo que es ilegal, mientras que otros han dicho que no, que la función principal del chip es permitir la lectura de juegos de diferentes zonas y sistemas.

Seguro que 2006 va a ser un año interesante en este mundo de la Propiedad Intelectual, tan odiada como defendida.

2 Comments

  1. ¿qué significa, desde el punto de vista de la legalidad, la expresión «discos ilegales»?

  2. Los discos ilegales, desde un punto de vista legal, son aquellos que se realizan sin la autorización de los titulares de derechos de autor o sin tener esa autorización, el supuesto no se puede incluir dentro de los límites que establece la Ley. Ejemplo: los videojuegos que puedes encontrar de vez en cuando en un top-manta o cualquier copia que se haga en países donde está expresamente prohíbida cualquier reproducción de una obra.

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